Aquellos electores que quisieren registrarse y
cumplan con los requisitos establecidos en el CEN, podrán inscribirse de las
siguientes formas:
Inscripción en los juzgados electorales
Acuda personalmente, ante los juzgados
electorales del distrito en el cual se encuentren registrado.
Inscripción vía internet
Antes de ingresar al formulario de inscripción
online, asegurese de disponer de una copia digitalizada completa (formato pdf) de
su DNI,LE o LC.
Clic en http://www.padron.gov.ar/cne_autoridad/
donde podrá inscribirse en el registro de postulantes de autoridades de mesa de
manera online, para las elecciones de este año o futuras elecciones. Además podrá actualizar sus datos si ya esta
inscrito.
A excepción de la Ciudad Autonoma de Buenos
Aires y Buenos Aires, el trámite para postularse como autoridad de mesa, se
puede realizar vía on-line
Recuerde que la provincia seleccionada,
debe corresponderse con su domicilio actual (el ultimo que figura en su
Documento de identidad).
Inscripción en las delegaciones de correo
Podrá inscribirse en las delegaciones de correo
donde habrá formularios al efecto.
IMPORTANTE: La inscripción en el Registro de
Postulantes para Autoridades de Mesa no necesariamente implica que seas
convocado. El sistema de voluntarios es supletorio: los jueces sólo recurrirán
a la lista, si tienen dificultades para constituir las mesas con aquellas
autoridades designadas por el Estado, que tienen la carga pública de
presentarse.
¿Quién puede inscribirse?
Conoce quienes pueden registrarse para ser
autoridad de mesa en el siguiente link: Requisitos para ser autoridad de mesa
¿Hasta cuando puede inscribirse?
Todo aquel que quiera anotarse puede hacerlo
hasta 10 días antes de las elecciones.
¿Cómo saber si fui designado autoridad
de mesa?
Si fuiste designado Autoridad de Mesa, te
llegará un telegrama al domicilio que figura en el Padrón. El plazo puede
variar según el distrito.
La Justicia advirtió que, para aquel que reciba
el telegrama que lo designa autoridad de mesa, es obligatorio presentarse.
NOTA: En la Provincia de Catamarca no admite
postulaciones a autoridad de mesa, si el elector se encuentra afiliado a una
agrupación política.
¿Se paga a las autoridades de mesa?
SI. Los electores que hayan cumplido funciones
como autoridades de mesa, recibirán una compensación consistente en una suma
fija en concepto de viático.
Para saber cuanto, cuando y donde se paga a las
autoridades de mesa, vea en este link:
http://www.argentinaelecciones.com/informacion-compensacion-pago-autoridades-de-mesa-44.html
PUBLICADO EL 13/06/201
POR FM Libra 106.7-Allen-Río
Negro.
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